Reglamento interno de seguridad y salud
Se incluye la aprobación del reglamento interno de seguridad y salud emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales a la Urbanización Punta Barandúa. Vigente desde el 25 de junio del 2012 hasta el 25 de junio del 2014.
Se adjunta las primeras páginas del reglamento, las políticas.
El reglamento tiene 34 hojas, se encuentran en las oficinas de la administración.
Reglamento Interno de Trabajo de la Asociación de Copropietarios Punta Barandúa
Se incluye la resolución Nro 3179 del Ministerio de Relaciones Laborales, aprobando el Reglamento Interno de Trabajo de la Asociación de Copropietarios Punta Barandúa. que se explica por sí sola. Esta gestión salió aprobada el mes de Agosto del 2012
Reforma a los Estatutos “ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACION PUNTA BARANDUA”
Adjunto el Acuerdo Ministerial 8155 donde se le otorga personería jurídica a la Asociación y reconoce la reforma a los Estatutos.
La reforma en si de la original fue el cambio de 14 directores a 9 por que se lo realizo porque era difícil completar el Quorum de asistencia con 14 personal y poder realizar un directorio, ahora con 9 se necesita la asistencia de cinco directores y se completa el Quorum.
Los Nuevos Estatutos que son los vigentes hasta la fecha.
RESOLUCIONES INTERNAS TOMADAS POR EL DIRECTORIO DE LA ASOCIACION
Durante 2009, el Directorio considerando que el Articulo 28, inciso 2 del Capítulo VII de los estatutos de la Asociación de copropietarios de Punta Barandúa, define como atribución del directorio “tomar las resoluciones administrativas que creyere conveniente para la Asociación y el mejor cumplimiento de sus fines”
El directorio con la finalidad de ordenar reglas de convivencia en beneficio de todos, se protocolizó cinco resoluciones, a continuación un extracto de ellas:
Resolución 03-09-2009 (Nro 1) De la quema de años viejos y /o juegos pirotécnicos.- Queda terminantemente prohibido el uso de las calle de la ciudadela y playas para juegos pirotécnicos.
Así mismo se resolvió que para la quema de años viejos podrá utilizarse UNICAMENTE el peñón o Punta Stone, manteniéndose todas las precauciones del caso para así evitar daños a las viviendas y /o personas.
Resolución 03-09-2009 (Nro 2) De las bebidas alcohólicas/ Ruidos/ Luminarias.- Queda terminantemente prohibido ingerir bebidas alcohólicas en las calles y avenidas de la ciudadela.
El horario de música alta en áreas sociales exteriores de las viviendas será hasta las 24:00 horas, pudiendo continuar en el interior de las viviendas, siempre que no se perturbe la tranquilidad de los vecinos.
El horario establecido para el uso de luminarias en las canchas deportivas en las viviendas será hasta las 22:00 horas.
Resolución 03-09-2009 (Nro 3) De los animales domésticos.- Los animales domésticos deben de permanecer dentro del perímetro se sus viviendas, y no perturbar la tranquilidad de los vecinos.
Queda prohibido llevar animales domésticos a las playas de la ciudadela.
Resolución 03-09-2009 (Nro 4) Venta de pescado y mariscos dentro de la ciudadela.- La venta de pescado y mariscos dentro de la ciudadela está terminantemente prohibió desde el año 2001 por las siguientes razones y hoy se les vuelve a recordar los motivos por los cuales está prohibido.
Desbuchan pescado y ensucian las veredas. Suciedad y pestilencia generan moscas;
Punta Barandúa es una urbanización de descanso, cerrada, de altísima seguridad; con ingreso restringido a los no residentes, lo que permite disfrutar de seguridad y confianza;
Queda prohibido el ingreso de vendedores en general, y vendedores de mariscos y pescado en particular, a la ciudadela.
Todo residente que desee consumir lo que a bien tuviere, sabe que debe obtener esos bienes de consumo en los establecimientos autorizados para ello.
Resolución 03-09-2009 (Nro 5) Utilización privada de la Igesia de Punta Barandúa.-La iglesia de la urbanización PUNTA BARANDÚA es para la celebración de cualquiera de los sacramentos de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, para la celebración de la Santa Misa y para oración. Sus puertas están abiertas durante todo el día, todos los días para libre ingreso de los copropietarios de la urbanización.
El uso personal, familiar y/o privado de nuestra iglesia está reglamentado en base las siguientes condiciones, previa autorización del Directorio:
a. Tendrán derecho a utilizar las instalaciones de la iglesia; los copropietarios de la urbanización Punta Barandúa, los familiares de parentesco directo y/o afinidad, previo el pago de la siguiente tasa:
US$600 (Seiscientos dólares), que será utilizada para la contratación de personal extra de seguridad para la ceremonia, limpieza en general, y uso de los equipos
Para cualquiera de los casos, el interesado tendrá que a título personal solicitar la autorización del Directorio y esperar la contestación del mismo.

